Reforma de la Ley del Aborto

PUNTOS CLAVE de la nueva #leydelaborto

Interrupción voluntaria del embarazo:

Será considerado un servicio de urgencia para evitar los desplazamientos de las mujeres.

Hasta la semana 14 de embarazo, las mujeres de entre 16 y 17 años no necesitarán permiso materno/paterno para abortar, incluidas mujeres con discapacidad.

Baja laboral de 1 día por interrupción voluntaria del embarazo.

Los profesionales sanitarios no podrán objetar practicar el aborto en la sanidad pública y después practicar abortos en la privada.

Píldora del día después: deberá estar disponible en todas las farmacias y se ofrecerá gratuitamente en los centros de salud.

Baja menstrual: para menstruaciones con dolor de carácter incapacitante y solo con autorización médica, de 3 a 5 días.

Pobreza menstrual:

Se repartirán gratuitamente productos de higiene menstrual (incluidas copas menstruales) en prisiones o colegios entre otros organismos públicos.

❌ No se ha contemplado la bajada del IVA para productos de higiene menstrual.

⚠️ Explotación reproductiva a través de los vientres de alquiler:

Se considerará una violencia contra las mujeres.

Se prohibirá la publicidad a las empresas y se sancionarán a aquellas que lo hagan.

Entrará en vigor a principios de 2023 aproximadamente.

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