PUNTOS CLAVE de la nueva #leydelaborto
Interrupción voluntaria del embarazo:
Será considerado un servicio de urgencia para evitar los desplazamientos de las mujeres.
Hasta la semana 14 de embarazo, las mujeres de entre 16 y 17 años no necesitarán permiso materno/paterno para abortar, incluidas mujeres con discapacidad.
Baja laboral de 1 día por interrupción voluntaria del embarazo.
Los profesionales sanitarios no podrán objetar practicar el aborto en la sanidad pública y después practicar abortos en la privada.
Píldora del día después: deberá estar disponible en todas las farmacias y se ofrecerá gratuitamente en los centros de salud.
Baja menstrual: para menstruaciones con dolor de carácter incapacitante y solo con autorización médica, de 3 a 5 días.
Pobreza menstrual:
Se repartirán gratuitamente productos de higiene menstrual (incluidas copas menstruales) en prisiones o colegios entre otros organismos públicos.
❌ No se ha contemplado la bajada del IVA para productos de higiene menstrual.
⚠️ Explotación reproductiva a través de los vientres de alquiler:
Se considerará una violencia contra las mujeres.
Se prohibirá la publicidad a las empresas y se sancionarán a aquellas que lo hagan.
Entrará en vigor a principios de 2023 aproximadamente.
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